Última actualización: 1 de abril de 2024
Madrid Central es un área que comprende un total de 480 hectáreas en la que el tráfico está restringido. En esta guía te contamos toda la información más importante para que estés al tanto de todas las novedades.
El pasado 30 de Noviembre de 2018 la Comunidad de Madrid vivió la primera entrada en vigor del antiguo Madrid Central, bajo la alcaldía de Manuela Carmena, la primera medida del Plan A de Calidad del Aire, acotando un total de 472 hectáreas con el objetivo de reducir la contaminación en Madrid. Sin embargo, dos años después, y ya bajo la alcaldía de Jose Luis Martínez Almeida en 2019, pasamos de Madrid Central a Madrid 360, aprobada el pasado 10 de Septiembre de 2021.
Madrid se suma así a una gran lista de ciudades europeas en las que se han delimitado zonas de baja emisión. Es importante que sepáis que estas medidas serán definitivas, y no tendrán nada que ver con los protocolos de contaminación ya que Madrid 360 sigue afectando al Distrito Centro de la ciudad denominándolo ZBE (Zona de Bajas Emisiones). Con el cambio de Gobierno, a finales de 2019, se presentó el plan Madrid 360, el cual te explicaremos a continuación.

Ningún vehículo sin la etiqueta de la DGT podrá circular por o entrar dentro del área de la M30 salvo si son residentes, camión, furgoneta, motocicleta o ciclomotor. Más información aquí.

Queda prohibido el acceso y su circulación de vehículos sin pegatina por todas las vías urbanas del municipio de Madrid salvo que estés empadronado o seas camión, furgoneta, motocicleta o ciclomotor.

Queda prohibido el acceso y circulación de vehículos sin pegatina por la M30 o interior tanto si eres residente o no. Esta prohibición aplica también a camiones, furgonetas, motocicletas o ciclomotores.
Diferencias entre Madrid Central y Madrid 360
Vehículos con etiqueta B
Acceso permitido sólo si van directos a un parking subterráneo o plaza privada de parking.
Vehículos con etiqueta C
Acceso permitido sólo si van directos a un parking subterráneo o plaza privada de parking.
Vehículos con etiqueta ECO
Estacionamiento permitido en zona SER un máximo de 2 horas
Vehículos con etiqueta CERO
Libre circulación en zonas restringidas
Vehículos con etiqueta B
Acceso permitido sólo si van directos a un parking subterráneo o plaza privada de parking.
Vehículos con etiqueta C
Parking con descuento del 10%
Los que no sean de alta ocupación tendrán que ir directos a un parking
Vehículos con etiqueta ECO
Parking con descuento del 50%
No hay límite de horario de estacionamiento
Vehículos con etiqueta CERO
Libre circulación y estacionamiento en zonas restringidas
Equiparación propietarios de comercios con residentes
1. Vehículos con etiquetas B y C: Aparcando siempre en parkings públicos o garajes privados
2. Taxis y VTCs con etiquetas B y C, ECO o CERO: En el caso de B y C únicamente con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro
3. Vehículos de residentes sin importar la etiqueta (hasta 2025)
4. Vehículos de empresas y autónomos e invitados (hasta 2025): Imprescindible que la actividad se ejerza en el interior del Distrito Centro o en los mercadillos municipales situados en dicha ZBEDEP.
5. Vehículos de trabajadores de establecimientos del interior de la ZBEDEP con horario nocturno, comprendido entre las 00:00 y las 06:30
6. Vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida, siempre que cuenten con la tarjeta de estacionamiento específica (a partir de 2025 deben de estar adaptados)
7. Vehículos destinados a dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria y secundaria (estos últimos cuando las necesidades lo requieran). A partir de 2025 deben contar con etiqueta de la DGT para poder ejercer esta función)
8. Vehículos que accedan a los talleres de reparación ubicados en la ZBEDEP: Cada taller contará con un total de 4 permisos diarios por cada una de las autorizaciones de estacionamiento del SER en vigor que disponga el taller. Sólo podrás acceder si dispones de etiqueta de la DGT.
9. Vehículos de autoescuelas con etiquetas C, ECO y CERO
10. Vehículos de los servicios públicos o contratistas de servicio de limpieza: Policía, Agentes de Movilidad, Fuerzas Armadas, ambulancias, bomberos, protección civil, grúas, cuerpos diplomáticos, municipales, servicio madrileño de salud, recogida de residuos, mantenimiento y otros servicios municipales.
11. Vehículos de carsharing y motosharing
En caso de las motos o ciclomotores, podrán entrar a Madrid Central aquellos vehículos con pegatina ECO, CERO, B o C. En el caso de pegatina B o C, podrán acceder desde las 7 de la mañana hasta las 22 horas siempre y cuando vayas a aparcar en la calle. En caso de aparcar en parking podrás entrar en cualquier momento. Las motos o ciclomotores sin pegatina de la DGT no podrán entrar salvo residentes.
Dependiendo del tipo de pegatina DGT que tengas, podrás aparcar en Zona SER, aparcar libremente o tener que ir directamente a un parking público, privado o mixto. Podrás encontrar toda la información y el listado de parkings en el siguiente enlace.
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Recuerda que los vehículos sin pegatinas B, C, ECO o CERO no podrán aparcar en ningún parking de Madrid Central (salvo excepciones)
Desde la puesta en Marcha de Madrid 360 (antiguo Madrid Central), se supo que Madrid 360 será un área de acceso restringido de un total de 472 hectáreas, agrupando las 4 APR actuales y ampliando el espacio a barrios como Justicia o Universidad y se elimina el tráfico de paso por el centro de la ciudad ya que no hay calles de libre circulación, como antes pasaba en Madrid Central.
Por el momento, Madrid Central no estará blindado para ti si eres residente.
Sin embargo, esto tiene fecha límite. Si no dispones de una etiqueta de la DGT, después de la aplicación de la normativa de Madrid 360, no podrás circular por Madrid Central a partir del 1 de Enero de 2025.
Si tu vehículo está a tu nombre, no tienes que preocuparte por nada. Si no es el caso, tendrás que aportar a través de la sede electrónica o en cualquiera de las Oficinas de Atención al cliente la documentación acreditativa de la propiedad del vehículo. Esto afecta a los siguientes casos: Nuevos vehículos que ya no figuran en la base de datos, cambios de titularidad, vehículos de renting o leasing o vehículos de sustitución.

Los vehículos sin pegatina de la DGT que no sean residentes tendrán prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, pero excluyendo la propia M-30 a partir del 1 de Enero de 2022.

Los vehículos con estas etiquetas no podrán circular salvo que vayan a estacionar en cualquier parking publico o privado de la zona de Madrid Central

Los vehículos con estas pegatinas podrán circular y estacionar en parking y SER (la etiqueta ECO sólo podrá estacionar en zona SER un máximo de 2 horas. Después, tendrán que estacionar en un parking habilitado para Madrid Central o aparcamiento privado)
Como residente, puedes invitar hasta a un total de 20 invitados por residente empadronado mayor de 16 años y acceder a Madrid Central. Los vehículos de los invitados podrán acceder el día de la invitación así como estacionar en SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) durante un máximo de 2 horas (para más horas, el invitado deberá aparcar en un parking privado).
Las tramitaciones telemáticas sólo están permitidas a partir del 8 de Enero de 2019, accediendo a la Sede Electrónica. Mientras tanto, podrán gestionarse a través del 010, presencialmente en las Oficinas de Atención a la ciudadanía o a través de la cuenta de Twitter @LineaMadrid.
¿Tienes amigos que viven en el centro y pueden invitarte? Pídeselo por Whatsapp 😉
Aquellos invitados que no tengan derecho a alguna de las pegatinas (B, C, ECO o Cero) no podrán acceder a Madrid Central.
La tramitación deberá hacerla siempre el residente (empadronado) en Madrid Central y deberá aportar los siguientes datos:
– Dar la matrícula del vehículo invitado
– Correo electrónico donde recibir la invitación
– Enviar la invitación a la persona que vaya a ser invitada, que deberá enseñársela al agente en cuestión
No pasa nada si no dispones de la invitación al entrar en Madrid Central. El residente podrá gestionar su acceso hasta 5 días después.
Las multas de Madrid Central ascienden a 90 euros y con pronto pago (20 días desde la notificación de la multa) el precio se reduciría un 50% hasta los 45 euros de sanción.
En esta página podrás saber cómo consultar si has sido multado, cómo recurrir las multas de Madrid 360 (antiguo Madrid Central) o cómo pagar las multas y distintas opciones disponibles.
Sólo podrás pagar fraccionada la multa si la pagas dentro del periodo ejecutivo (posterior al periodo de pronto pago o periodo voluntario).
Las motos, igual que los coches, tienen que disponer de su propio distintivo o pegatina medioambiental, clasificando cada una de ellas según su nivel de emisiones. Al igual que los coches, las motos tendrán un calendario de restricciones:
Otra de las diferencias entre los dos planes (Madrid Central y Madrid 360) es que las motos podrán acceder desde las 7:00 hasta las 00:00 horas, con el objetivo de facilitar la labor de los repartidores.
La posibilidad de aparcar para motos también estará regulada. Las motocicletas podrán aparcar sólo en las acercas con una anchura superior a 3 metros.
Alrededor de 15.000 personas serán beneficiadas por tener sus comercios dentro del perímetro de Madrid Central. Además, los comerciantes también contarán con 20 permisos mensuales para poder acceder a Madrid Central, pero los permisos deberán de ser gestionados a través de asociaciones representativas de la zona. Ellas se encargan de tramitar permisos individuales para un día a quellos vehículos cuyo acceso a Madrid Central resulte imprescindible para el adecuado desarrollo de la actividad. Éstos permisos se podrán tramitar desde 3 meses antes al día del acceso hasta en los 5 días naturales siguientes al día de acceso a Madrid Central. Las asociaciones que gestionan estos permisos para sus asociados son Vive Malasaña, La Noche en Vivo, ACTriball y La Viña.