Última actualización: 20 de diciembre de 2021
Te habrás preguntando cuáles son las principales excepciones para poder entrar o circular por Madrid Central sin llevarte una multa por sorpresa. Aquí te dejamos el listado actualizado para que no tengas que preocuparte por nada si cumples con las excepciones.
1. Ser residente dentro del perímetro de Madrid Central o Madrid 360
Podrás entrar a Madrid Central sin problema siempre y cuando seas residente. Esto también aplica a la normativa en rigor desde el pasado 1 de Enero de 2020, donde los coches sin pegatina no podrían acceder a Madrid Central. Podrás leer toda la noticia aquí.
Este caso ya no aplica para aquellos vehículos o coches sin pegatina, pero, si tu coche tiene pegatina, podrás entrar a Madrid Central si te invita un residente. Puedes pedírselo directamente por Whatsapp aquí o conocer más sobre el procedimiento de petición de acceso para invitados aquí.
Si tienes a tus hijos escolarizados dentro del perímetro de Madrid Central tanto en colegios, guarderías o institutos, no serás multado, pero, ojo, esto sólo aplicará hasta Diciembre de 2020. A partir de esa fecha, la multa ascenderá a 90 euros (45 con pago reducido o pronto pago). Las horas serán siempre de 7h a las 20h del mismo día.
Los coches con pegatinas cero o eco, podrán entrar en todo momento en Madrid Central.
Si vas en moto el horario será de 7.00 a 22.00 (incluidas motocicletas y ciclomotores de reparto).
Este tipo de vehículos estarán también exentos de sanciones administrativas.
En cualquier caso podrán pasar a Madrid Central cualquier vehículo siempre y cuando se pueda probar el hecho de tener cita en un taller o un recibo que pueda probar y justificar el acceso.
Este tipo de vehículos finalmente podrán acceder a Madrid Central.
Si estás transportando a una persona con movilidad reducida, podrás pasar a Madrid Central sin consecuencias ni sanciones administrativas.